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Profesor de Paleta denunciado por violencia de genero y abuso sexual

El caso fue denunciado por la mamá del adolescente en la Comisaría 10°, tomando intervención la Unidad Fiscal de Niños y Adolescentes del Ministerio Público Fiscal.

El hecho quedó comprendido en la figura de Violencia de género (Ley 26.485), a la vez que precipita en el delito de Abuso sexual simple agravado por la calidad de encargado de la educación y guarda, previsto en el artículo 119, 1º y último párrafo del Código Penal, y resulta atribuible a Sebastián Uriel Barrionuevo. La causa comenzó a sustanciarse a partir de la denuncia que realizó la mamá de la presunta víctima en la sede de Tribunales de Paraná el 14 de diciembre de 2021.

Además, entre otras medidas dispuestas, se citó a los padres del joven de 14 años a los fines de fin de mantener una entrevista. La decisión de modificar el hecho imputado se fundó en que “analizadas las evidencias que han sido colectadas en el marco de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), emergen elementos suficientes para reformular el objeto procesal detallado en el auto de apertura de causa de fecha 15 de diciembre de 2021”.

Según se informó a El Diario, el nuevo hecho a consiste en que «en fecha 12 de diciembre de 2021, entre las 2 y las 3 de la madrugada, aproximadamente, Sebastián Barrionuevo, profesor de pelota mano del Club Echagüe de Paraná, aprovechando que nadie lo veía, tapó con su campera a su alumno, de 14 años, lo acercó hacia su cuerpo y pasando su mano por debajo de la campera pero por encima de la ropa del menor, le realizó tocamientos. Hecho que ocurrió mientras viajaban en la ruta de Mendoza a Paraná, en circunstancias en que el joven se encontraba sentado entre dormido en el asiento del lado de la ventanilla y Barrionuevo lindante al adolescente, en el asiento de al lado del colectivo en el que viajaban».

El legajo comenzó a sustanciarse con la participación de Leopoldo Cappa como querellante, rol en que se ha mostrado muy activo, y el defensor oficial, Jorge Sueldo, en la defensa del imputado. El antecedente de la resolución que se conoció el martes 24 es la audiencia que se realizó el martes 14 de diciembre ante la jueza de Garantías de Paraná, Elisa Zilli, donde se debatieron las medidas de restricción a aplicar.

Como resultado de aquella audiencia, Zilli dispuso una serie de medidas de protección del denunciante consistentes en la prohibición de acercamiento a un radio inferior a los 200 metros de la vivienda de aquel, la prohibición de acercamiento a cualquier lugar público o privado en el que aquel se encontrara y la realización de actos violentos, molestos o perturbadores en contra de la víctima y su familia, por sí o por terceras personas y por cualquier medio.

Fuente: El Diario

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